Desde el 1 de junio de 2013, en España, todos los edificios, locales o viviendas deben contar obligatoriamente con un certificado energético que asigna una Clase Energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los enérgicamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes. Este certificado energético está reculado por el RD 265/2013, de 5 de abril, y responde a una normativa europea.
¿Quién tiene que tener un certificado energético?
El certificado energético lo debe poseer el propietario del edificio, vivienda o local que vaya a ser vendido o alquilado por un periodo superior a 4 meses, así como a los edificios de nueva construcción. Los únicos que se salvan de necesitar este documento son los edificios industriales o los locales comerciales con menos de 50 metros cuadrados.
¿Quién expide un certificado energético y cuánto dura?
El certificado lo debe expedir un ingeniero industrial, pero también están capacitados los arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros técnicos industriales y otros técnicos de formación profesional. El coste de un certificado energético puede variar entre los 100 y 500 euros y tiene una validez de 10 años. No contar con el certificado implica una infracción que puede ser sancionable hasta los 600.000 euros.
Si nos hacen un buen estudio, esto nos permitirá saber dónde se producen gastos innecesarios de energía. De esta manera podremos optimizar estos puntos, que según algunos estudios, puede suponer un ahorro de energía hasta el 31%.