Las consecuencias más directas de estar incluido en un registro de morosos es la de negarte un crédito, una hipoteca, la contratación de seguros y la contratación de servicios básicos (luz, agua, gas, teléfono).
Que una empresa financiera incluya tu nombre en una lista de morosos es algo muy sencillo, pero salir de él es algo más complicado.
A continuación, te damos unas pautas a seguir si te han incluido en un fichero de este tipo.
Requisitos para que te incluyan en la lista
Antes que nada, para incluir tu nombre en un registro de morosos tiene que existir una deuda impagada y vencida - cantidad siempre superior a 50 euros -. Y, solo se podrá reclamar deudas que cuenten con impagos en los últimos seis años.
Por lo tanto, para que incluyan tu nombre en un fichero de morosidad se deben cumplir unos requisitos:
- Que exista una deuda impagada, vencida y exigible.
- Que se haya requerido el pago por todos los medios posibles.
- Que los importes de deuda no sean inferiores a 50 euros o 300 si se trata de una empresa.
- Que la deuda no haya sido objeto de reclamación judicial, es decir, que el acreedor no haya reclamado la deuda mediante reclamación administrativa.
Los datos deben ser suministrados por el acreedor, quien deberá notificar al cliente que su nombre será incluido en dicho fichero.
Cabe señalar que muchas personas ven incluidas su nombre sin que haya una deuda de por medio o sin cumplir los requisitos arriba mencionados.
¿Qué debes hacer?
1. Paga la deuda. Cancelar la deuda con el acreedor es el primer paso que debes dar. No olvides pedir una copia o justificante del pago de la deuda.
2. Solicita la cancelación de tus datos. No confíes en el acreedor que ha incluido tu nombre. Con el resguardo del pago de la deuda, solicita la baja al titular del fichero adjuntando también una copia de tu DNI. Lo debes enviar al fichero en el que aparece tu nombre. En España, las principales son ASNEF, CIRBE y RAI.
3. Recurre la deuda. Si crees que existe un error y que no debes el importe que te reclaman, recurre la deuda mediante vía administrativa o proceso judicial. Esto impedirá que tu nombre sea incluido en el fichero.
4. Si se trata de un error y no debes a ningún acreedor. ¡Recurre! Si se trata de un error o no se cumplen los requisitos arriba señalados, estas en todo tu derecho a solicitar la baja al titular fichero. Si el titular del fichero no contestara en los 30 días siguientes (puede ampliarse hasta dos meses en casos complejos) denuncia los hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
5. Además, si te incluyen sin tener ningún tipo de deuda y por error, puedes reclamar judicialmente una indemnización por los daños que dicha inclusión te habría causado.
6. Alcanzar el tiempo máximo para figurar en el fichero. El plazo máximo son seis años. Pasado ese tiempo, puedes solicitar al fichero que elimine tus datos de su base de datos si aún no lo han hecho.
Por ejemplo, la lista de ASNEF se actualiza una vez al mes, por lo que si cancelas tu deuda, al cabo de un mes tu nombre ya no debería aparecer en el fichero.