La pandemia provocada por la covid-19 sigue azotando a miles de familias españolas con escasos recursos económicos. Aquellos que cuentan con ahorros ven cómo día a día estos reducen en gastos de facturas (luz, agua, gas), en el pago de créditos, préstamos hipotecarios o alquileres.
Para hacer frente a los efectos que produce la covid-19 en nuestra economía, el Gobierno vuelve a habilitar las moratorias de hipoteca y de créditos al consumo, de forma que todos los hogares, gravemente afectados por la crisis sanitaria, así como los trabajadores y empresas con cese de actividad, puedan aplazar hasta un total de nueve meses el pago principal y los intereses de sus préstamos hipotecarios y al consumo.
Te explicamos qué es una moratoria hipotecaria y cómo solicitarla para evitar que el pago de la hipoteca se te vaya de las manos.
¿Qué es una moratoria hipotecaria?
Una moratoria es, en términos muy básicos, una ampliación de tiempo que se concede a alguien para cumplir con una obligación de pagos. En este caso, las moratorias de hipotecas, alquileres y créditos en España se consideran un “escudo social” para salvaguardar a las familias más vulnerables.
Pueden acogerse a una moratoria de hipoteca familias que tengan un crédito hipotecario, personas que desarrollen en el inmueble una actividad económica y para hacer frente al pago de una vivienda que esté alquilada, pero cuya renta no se esté cobrando.
¿Qué implica solicitar una moratoria?
Cuando un ciudadano solicita una moratoria está solicitando la suspensión de la deuda hipotecaria durante un plazo estipulado, por lo que la entidad deja de cobrar las cuotas hipotecarias y los conceptos que la integran como el capital y los intereses. Es decir, mientras dure la moratoria solicitada no se puede exigir ni devengar intereses.
De momento, la nueva prórroga del Gobierno se amplía a los próximos nueve meses desde su solicitud y concesión. Las moratorias ya concedidas en 2020 no se verán alteradas.

¿Quiénes pueden acogerse a una moratoria hipotecaria, de alquiler o créditos?
Tal y como se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) pueden acogerse a esta prestación todas las personas y familias que se han visto en la dificultad del pago de un préstamo hipotecario por causa de la pandemia. Además, el BOE exige que se cumplan los siguientes requisitos:
- Personas en situación de desempleo.
- Personas cuyos ingresos o ventas se hayan reducido en un 40%.
- Unidades familiares cuyos ingresos sean inferiores al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM): ingresos inferiores a 1.613,52 euros mensuales.
- Unidades familiares que tienen una discapacidad superior al 33% acreditada, una situación de dependencia o con una enfermedad que les incapacite de forma permanente. En este caso, los ingresos no deben superar los 2.151,36 euros mensuales (cuatro veces el IPREM).
- También pueden acogerse familias que cuenten con un miembro que sufre de una parálisis o enfermedad mental. Los ingresos no deben superar los 2.689,2 euros mensuales.
- Todas las familias que hayan sufrido alteraciones significativas en su economía por causa de la covid-19.

¿Cómo se solicita una moratoria hipotecaria?
Se puede solicitar la moratoria hipotecaria directamente en la entidad bancaria con la que se tiene el crédito hipotecario. Ellos recogen la siguiente documentación y la presentan a la Administración del Estado.
Documentación necesaria para los trabajadores por cuenta ajena o desempleados:
- Certificado de desempleo expedido por la unidad gestora de las prestaciones de desempleo.
- Certificado del Registro de la propiedad con notas en las que figuren los miembros de unidad familiar y las escrituras de compraventa.
- Presentar el libro de familia o documento de pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento de cada miembro de la unidad de convivencia y la declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad (si la hubiera).
- Escritura de la vivienda y el contrato de préstamo con garantía hipotecaria para acreditar la titularidad de los bienes.
Documentación necesaria para autónomos
Los trabajadores autónomos deben firmar una declaración responsable, en caso de pérdida de ingresos, y aportar la siguiente documentación:
- Certificado de cese de actividad expedido por la Agencia Tributaria (AEAT) o el organismo competente en la comunidad autónoma.
Para solicitar una moratoria para una vivienda de alquiler sobre la que se ha dejado de percibir la renta, se debe presentar el contrato de alquiler o arrendamiento.
El sector hostelero es uno de los más dañados por la crisis sanitaria.
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud se realiza mediante la entidad bancaria o acreedor de la hipoteca, quien recoge toda la documentación necesaria, notifica al Banco de España su existencia y duración y presenta la solicitud a la Administración del Estado en el plazo de 15 días.
Puedes descargar el modelo de solicitud de una moratoria hipotecaria en este enlace.
¿Y si no cumplo los requisitos anteriores?
Desde el equipo de Housell nos proporcionan una serie de alternativas a la moratoria en caso de no cumplir con los requisitos anteriores:
1. Pactar un aplazamiento con el banco. Se puede solicitar un aplazamiento de las cuotas hipotecarias directamente a la entidad bancaria, negociando condiciones.
2. Recurrir al periodo de carencia. Este recurso te permite pagar una cuota mensual más reducida del crédito durante un plazo determinado de tiempo.
3. Aplicación del Código de buenas Prácticas. Si antes de la crisis sanitaria existían problemas de impago, se puede recurrir a este código para reestructurar la deuda hipotecaria. Se aplica a clientes en situación de vulnerabilidad.
4. Extender el plazo del rembolso. Este mecanismo consiste en extender en el tiempo el pago de la hipoteca, para poder devolver el dinero en más tiempo.