Desde Legálitas nos explican cómo vender una casa heredada, viendo que pasos debemos seguir en cada momento.
Hogarmania, 16 de julio de 2021
Economía
Desde Legálitas nos explican cómo vender una casa heredada, viendo que pasos debemos seguir en cada momento.
Hogarmania, 16 de julio de 2021
Nos comunican que nos han dejado una casa en herencia. Pero eso no significa que podamos venderla directamente, ya que primero será necesario hacer una serie de trámites que nos van a costar tiempo y dinero.
Para poder vender una casa o cualquier tipo de inmueble, como puede ser un local de negocio o una finca rústica, y que el comprador pueda inscribir esta compra en el Registro de la Propiedad (y pedir una hipoteca), es necesario que seamos los propietarios registrales de la misma, es decir que en el Registro de la Propiedad conste que somos los propietarios.
Los trámites a realizar para ello variarán dependiendo de una serie de factores, como que haya o no testamento, o si los herederos llegan a un acuerdo en el reparto del patrimonio. Si no hay acuerdo, deberemos ir a un proceso judicial de división de herencia.
En cualquiera de los casos, vamos a necesitar obtener una serie de documentos como el certificado de defunción o el certificado de últimas voluntades, que indicará si la persona fallecida había otorgado testamento, y en caso de que lo haya hecho en qué notario.
En caso de acuerdo y una vez el reparto de bienes y deudas esté claro, necesitamos formalizar notarialmente la adjudicación de herencia, en la que se nos atribuirá la vivienda. Sin esa escritura no podemos cambiar la titularidad del piso.
Una vez firmada por todos los herederos, cada uno liquidará los impuestos correspondientes a la parte que ha heredado. Deberemos liquidar el impuesto de sucesiones (ISD), que dependiendo de la Comunidad Autónoma será más o menos gravoso. Para ello tenemos un plazo de 6 meses que puede prorrogarse si se solicita por escrito.
Otro impuesto que deberemos liquidar es el conocido como Plusvalía, que es el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Si no se liquidan los impuestos, nuestra escritura no tendrá acceso al Registro de la Propiedad.
Por otro lado, dependiendo del tipo de bien heredado será necesario hacer distintos trámites. A modo de ejemplo, si es dinero en efectivo en una cuenta bancaria, deberá presentar la documentación a la entidad bancaria de que se trate, si es un vehículo, deberá hacerlo en Tráfico para que se cambie la titularidad, y si es un inmueble en el Registro de la Propiedad que corresponda para que se inscriba a nombre del heredero.
Una vez inscrita la casa a nuestro nombre, podemos disponer de ella y venderla, y el comprador podrá a su vez inscribirla al suyo.
No obstante, en el supuesto de que la vivienda se adjudicara en todo o en parte a algún heredero que fuera menor de edad, para poder venderla necesitaremos además la autorización judicial. Habrá que iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria en el juzgado correspondiente al domicilio del menor, justificar al Juez la necesidad de proceder a la venta y en que se va a emplear el dinero que corresponda al menor y habrá que justificar también que el valor en el que se va a vender es adecuado.
Si tienes cualquier cuestión al respecto, puedes realizar una consulta gratuita a nuestros abogados pinchando aquí.
Gracias a Legálitas y a su abogada Sara García por colaborar con nosotros en la redacción y difusión de esta información que desde Hogarmania.com consideramos tan interesante.