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Economía

Cuesta de enero, consejos para afrontarla con seguridad

Hogarmania, 17 de noviembre de 2016

Araceli Durán, abogada de Legálitas, nos plantea algunas medidas que podemos tomar para afrontar la temida cuesta de enero con algo más de liquidez y seguridad.

Enero, 2015

Como primera medida, es importante asegurarnos de que estamos pagando solo lo que nos corresponde. Para ello podemos revisar todos los contratos de bienes, seguros y servicios que tenemos contratados y comparar con otras tarifas o compañías que ofrezcan los mismos productos en el mercado. Aunque sea en ocasiones trabajoso realizar esa comparativa, si con ello conseguimos ahorrar, habrá merecido la pena. Eso sí, antes de cambiar de compañía, es necesario que verifiquemos en nuestro contrato si tenemos que respetar algún plazo de preaviso o permanencia.

Otra forma de no pagar “de más” es revisar nuestras facturas de suministros (agua, luz, gas…) y telefonía y verificar que no nos estén cobrando conceptos no contratados o que correspondan a servicios que no nos están prestando. Si al revisar cualquiera de nuestras facturas entendemos que es nuestro caso y la compañía no accede a dejar de cobrarnos por ese concepto o servicio, presentaremos una reclamación en la Oficina de Consumo a través de la ventanilla de Registro de nuestro Ayuntamiento. De esta forma, no sólo dejamos constancia de nuestra reclamación, sino que la compañía estará obligada a contestar y justificar la razón de ese cobro.

Y si vamos a pedir un crédito ¡cuidado! En estas fechas es frecuente que nos veamos tentados de acudir a créditos rápidos o Revolving. Es importante que verifiquemos que la empresa esté reconocida por el banco de España y su prestigio en el mercado. Debemos también tener en cuenta a la hora de contratar cuáles son las condiciones a las que nos estamos comprometiendo para evitar sorpresas desagradables como el interés que nos cobran, las comisiones y los gastos en caso de devolución de recibos. Si necesitamos el dinero para adquirir algún bien, podemos plantearnos como alternativa solicitar un crédito al consumo, ya que estos créditos están legalmente regulados y suelen ser menos gravosos para nuestro bolsillo.

Otra alternativa a la que suele acudirse ante una necesidad urgente de dinero es a la venta de joyas en una casa de empeño. Es importante asegurarse de que el establecimiento está debidamente inscrito ante la Administración. Debemos también conocer que el establecimiento no puede disponer durante 15 días del material que nos compra, ya que debe mantenerlo a nuestra disposición por si queremos recuperarlo, y que está obligado a disponer de Hojas de Reclamación por si tuviéramos algún problema.

LegálitasGracias a Legálitas y a su abogada Araceli Durán por colaborar con nosotros en la redacción y difusión de esta información que desde Hogarmania.com consideramos tan interesante.

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