Si tienes qué cambiar el titular del contrato de la luz o estás dudando si hacerlo o no, en este artículo te resolvemos todas las dudas sobre cómo hacer un cambio de titular en la luz
ÍNDICE DE CONTENIDOS
Hogarmania, 13 de agosto de 2021
Economía
Si tienes qué cambiar el titular del contrato de la luz o estás dudando si hacerlo o no, en este artículo te resolvemos todas las dudas sobre cómo hacer un cambio de titular en la luz
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Hogarmania, 13 de agosto de 2021
El cambio de titularidad en luz es una gestión gratuita y que todo usuario del mercado puede realizar. El anterior titular tiene que facilitar una factura al nuevo para que pueda llevar a cabo todas las tramitaciones pertinentes. El usuario tiene que ponerse en contacto con la comercializadora actual o con cualquier otra con la que quiera hacer el cambio de titular. El nuevo titular solo tendrá que preocuparse por entregar los datos y confirmar que quiere hacer la gestión en ese momento.
El cambio de nombre en electricidad es una tramitación muy fácil, sencilla y rápida que se puede hacer por teléfono, por Internet o acudiendo a una oficina física. Esta gestión es solicitada por el usuario en tres casos concretos:
Venta o alquiler de un inmueble. El usuario tiene que hacer el cambio de titularidad porque el anterior propietario ya no va utilizar ese suministro eléctrico.
Fallecimiento del titular actual. En este caso, los familiares del fallecido tienen cambiar la titularidad y así responsabilizarse del contrato.
Situación de separación o divorcio. Cuando una pareja se separa, el cónyuge que permanece en la vivienda debe cambiar la titularidad y liberar de responsabilidad a su anterior pareja.
El cambio de titularidad es exactamente igual para cada uno de estos tres casos. En cada uno de ellos, se necesita tener una factura a mano y facilitar datos tanto del anterior titular como del nuevo.
Muchas personas consideran que hacer un cambio de cuenta bancaria es suficiente para "responsabilizarse" del suministro. Esto se piensa mayoritariamente entre los que alquilan o compran suministros. Es cierto que es una práctica que se puede efectuar pero no es demasiado recomendable. El cambio de titularidad exime de cualquier responsabilidad al anterior propietario y esto permite protegerle de determinadas situaciones:
Primeros impagos por parte del titular.
Las deudas siempre se quedan asociadas a nombre del titular del contrato.
Evitará tener que estar cambiando aspectos del suministro cuando lo necesite el titular.
Por lo tanto, como propietario debes asegurarte de que el nuevo inquilino que tengas haga este trámite y así dejes de aparecer como responsable del suministro eléctrico. Por parte del inquilino también se pueden conseguir grandes ventajas:
Tiene la libertad de elegir la tarifa de electricidad que quiera y escoger los descuentos que le van a aplicar.
Los cambios que se deban producir en el contrato puede ser gestionados por el titular sin necesidad de molestar al propietario para que lo haga.
El cambio de titular en luz es una gestión muy sencilla y fácil de realizar. El nuevo titular solo tiene que ponerse en contacto con la comercializadora y tener una factura a mano. A partir de ahí, solo necesita aportar los siguientes datos:
Datos personales del anterior titular.
Datos personales del nuevo titular.
Dirección del inmueble.
Potencia eléctrica contratada.
Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) que es un número muy largo que empieza por ES.
Cuenta bancaria para domiciliar los nuevos pagos.
El cambio de titularidad se efectúa en un plazo de 15 a 20 días hábiles. Este tiempo es necesario porque se tiene que cerrar el periodo de facturación y emitir una última factura que irá a nombre del anterior titular. Una vez cerrado ese periodo de facturación se realizarán automáticamente todos los cambios y el contrato estará a nombre del nuevo titular.
El cambio de nombre en el contrato de luz tiene que ser realizado por la persona que será titular del suministro. No puede ser en ningún caso el propietario o anterior titular del mismo y solo se permite como personas autorizadas a cónyuges o familiares como padres, hijos o hermanos.
En colaboración con Tarifasgasluz.com