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Economía

Cómo devolver o cambiar los regalos de Navidad

Podemos encontrarnos con la sorpresa de que el establecimiento no acceda a dicha petición por nuestra parte, ya que aunque la mayor parte de los consumidores piensa que la devolución es un derecho, no existe una regulación legal que así lo establezca cuando el artículo ha sido adquirido en un establecimiento abierto al público.

¿Qué se considera "devolución"?

La devolución de los artículos es una cortesía o una deferencia del establecimiento y suele ser frecuente que muchos establecimientos, especialmente grandes superficies, la establezcan dentro de su política comercial para favorecer sus ventas, adaptándose a la competencia que hay en el mercado o por diferenciarse de la misma con un mejor trato hacia la clientela.

En esos casos la devolución se llevará a cabo según las condiciones, reglas o normas que cada establecimiento tenga establecidas y que suelen estar anunciadas en la línea de cajas. La devolución puede ser en efectivo o a través de un vale; y a su vez, el vale puede tener fecha de caducidad o no tener limitación temporal alguna.

Si la compra ha sido a distancia (venta telefónica o Internet o a través de catálogo) el comprador sí tiene derecho a desistir de la compra, solicitando la devolución del dinero, aunque el artículo esté en perfecto estado, si lo hace dentro del plazo de 14 días desde que nos fue entregado y el vendedor dispone de también de un plazo de 14 días desde que recibe el producto para devolvernos el dinero.

¿Quién paga los gastos de envío de la devolución?

Salvo que el empresario se haya comprometido a asumirlos, será el consumidor quien deba abonarlos. Cuestión distinta es que nuestro interés por devolver el producto o el artículo obedezca a que el mismo se encuentre dañado, defectuoso o no funciona correctamente.

En estos supuestos tendremos el derecho de garantía que nos reconoce la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios y que, según se trate de un artículo nuevo o de segunda mano es de 2 o 1 año, respectivamente. Podemos reclamar tanto al empresario como al fabricante, a nuestra elección, ya que la responsabilidad de ambos es solidaria.

Cómo devolver o cambiar un regalo de Navidad

A este respecto, existen 4 formas en las que el establecimiento puede satisfacer el derecho de garantía de los consumidores y usuarios:

  • La reparación del artículo
  • La sustitución por otro artículo cuando la reparación no es posible
  • Una rebaja en el precio
  • La resolución del contrato con la devolución del precio al comprador y del artículo al establecimiento.

En principio, será el vendedor o fabricante quien elija entre estas 4 formas, pero si no da los resultados esperados, podremos volver a acudir a él y exigirle otra que entendamos será más satisfactoria para nosotros.

Si le ha quedado alguna duda los abogados de Legálitas, por ser lector de Hogarmanía, estarán encantados de ofrecerle una consulta gratuita llamando al teléfono 91 558 97 64 o dejándonos sus datos en el siguiente enlace.