El comparador bancario HelpMyCash.com nos explica qué tres gastos habituales relativos a la venta de una vivienda podríamos evitar según las circunstancias.
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Hogarmania, 17 de febrero de 2022
Economía
El comparador bancario HelpMyCash.com nos explica qué tres gastos habituales relativos a la venta de una vivienda podríamos evitar según las circunstancias.
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Hogarmania, 17 de febrero de 2022
Aunque la venta de una vivienda es un negocio que nos puede traer beneficios económicos, la realidad es que es una operación que también tiene unos costes asociados. Por un lado, tenemos que pagar por tramitar algunos documentos y, por el otro, debemos hacer frente al pago de unos impuestos obligatorios.
Sumados los costes anteriores y dependiendo del caso, la cifra final puede suponer un gran impacto para nuestro bolsillo. Pero ¿existe alguna forma de ahorrar gastos a la hora de vender un piso? Desde el comparador financiero HelpMyCash.com nos sugiere tres costes que podemos evitar según las circunstancias.
Este es un documento que acredita que la vivienda es apta para ser habitada y cumple con los requisitos establecidos por la legislación para ser considerada una residencia. Debemos saber que no en todas las comunidades es necesaria su presentación ante el notario.
De hecho, sólo es obligatoria para vender en nueve regiones españolas. Estas son Cantabria, La Rioja, Navarra, Cataluña, Asturias, Extremadura, Baleares, Murcia y la Comunidad Valenciana.
En este sentido, si el piso que vamos a vender no está ubicado en estas comunidades nos podemos ahorrar lo que cuesta gestionar este documento. El precio de este trámite es variable, pero, por ejemplo, por una casa de unos 70 metros cuadrados y ubicada en Barcelona puede costar entre 80 euros y 150 euros aproximadamente.
Igualmente, el comprador nos podría pedir la cédula para comprar el piso, ya que le da una información que podría interesarle. Aunque no sería obligatorio entregársela, si no lo hacemos, podría echarse para atrás y no comprar el inmueble.
¿Conoces lo que es un contrato de exclusividad inmobiliaria? Vender el piso con la ayuda de una inmobiliaria tradicional puede suponer desembolsar entre un 3% y un 7% del valor de la vivienda, según la ubicación y el precio del inmueble.
Si hablamos de lo que nos cuesta contratar una inmobiliaria online, que vende nuestro piso por Internet, el precio por pagar puede oscilar entre los 1.000 euros y los 4.000 euros, según la forma de pago y el paquete de servicios contratado.
Pero si tenemos el tiempo y la disponibilidad suficiente para hacernos cargo de todas las gestiones de la venta (y además somos bastante espabilados), podemos ahorrarnos este coste que, en algunos casos, puede llegar a ser significativo.
Eso sí, esto requiere que seamos muy cuidadosos y que investiguemos muy bien cómo realizar cada una de las fases de la venta. De esta forma, podemos evitar cometer errores que puedan ser perjudiciales o que, más bien, terminen representando un coste más grande que la comisión de la inmobiliaria.
La venta de una vivienda está sujeta al pago del IRPF por la ganancia patrimonial obtenida con la operación, pero esto no es así en todos los casos. Esto se debe a que la Agencia Tributaria establece una serie de exenciones que nos pueden librar de pagar este tributo, que oscila entre el 19% y el 23%.
Pero, ¿cuáles son estas exenciones? Las más comunes son tres:
- Vender nuestra vivienda habitual y reinvertir el dinero en la compra de otra casa.
- Ser mayor de 65 años y transmitir la vivienda principal o vender una segunda residencia.
- Contratar con la ganancia una renta vitalicia o entregar el piso en dación de pago por no haber podido pagar las cuotas de la hipoteca.
Eso sí, la aplicación de la exención en cualquiera de estos supuestos está sujeta a que cumplamos con toda una serie de requisitos.
Por ejemplo, nuestra vivienda tiene que ser la habitual a efectos fiscales si queremos aplicar a la exención por reinversión. Esto es que hayamos residido en la casa durante, al menos, tres años de forma continua.
Además, si queremos estar totalmente libres de pago deberemos destinar todo el dinero de la venta en la adquisición de la nueva propiedad. Si nos sobra algo de la ganancia, tendremos que tributar por la parte proporcional no reinvertida.