Hogarmania.com
Hogarmania.com

Economía

Hijos de padres divorciados, los problemas durante las vacaciones


Los padres y madres divorciados con hijos se enfrentan, como cada verano, al reto de la interpretación de la sentencia de divorcio en la que se recogen cuestiones como la atribución de la guardia y custodia, el régimen de visitas de los niños o la pensión de alimentos.

Hogarmania, 17 de noviembre de 2016

Julio, 2015

Ya sean pactos a los que han llegado los propios cónyuges a través de un procedimiento de mutuo acuerdo, ya hayan sido acordados por el Juez directamente en sentencia en un procedimiento contencioso, suelen generar dudas en su interpretación en el periodo de vacaciones.

Es aconsejable que a la hora de redactar el convenio (mutuo acuerdo) o de proponer medidas en nuestra demanda o contestación de demanda (contencioso), tratemos de contemplar todo tipo de situaciones para que se deje el mínimo margen posible a la interpretación.

Si dejamos establecido de entrada con quien pasarán los niños los cumpleaños (suyos o de otros miembros de la familia), el día del padre, de la madre y cualquier celebración importante para la familia como la primera comunión, qué tipo de gastos se aceptan para las extraescolares y quien los asume, cómo será exactamente la comunicación con el hijo cuando no esté en nuestra compañía, etcétera, nos vamos a ahorrar muchas discusiones y problemas, que a fin de cuentas sufrirán nuestros hijos.

Algunas de las dudas más frecuentes que surgen en periodo vacacional se refiere al pago de la pensión de alimentos cuando los hijos están con el cónyuge que no tiene la custodia, ya que a este le suele parecer injusto tener que pagarla ese mes que él se está haciendo cargo de los gastos de la convivencia con los niños, entre los que se encuentran los de alimentarles pero, ¿qué se entiende por pensión de alimentos?

Es unánime la jurisprudencia a la hora de definir lo que se entiende por pensión de alimentos, indicando que esta no se refiere a los alimentos en sentido estricto sino a todo un amplio espectro de gastos que conciernen al hijo: que implica la deuda alimenticia (educación, vivienda, sanidad, ocio...), conforme dispone el artículo 142 del Código Civil. Esto significa que el mes que los hijos estén con el progenitor que no tiene la custodia, habrá gastos que se seguirán devengando. Por otro lado, también hay meses en los que los gastos de los niños son mayores y no por eso se ajusta la pensión al alza.

Por ello, la forma en la que se calcula la pensión es haciendo una estimación de los gastos anuales corresponde asumir al cónyuge que no tiene la custodia por cada hijo y dividirla en 12 meses y salvo que en la sentencia se disponga otra cosa, la cantidad mensual de la pensión es la misma durante todo el año.

A modo de ejemplo, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, sección 7ª de fecha 30 de abril de 2002 dice textualmente “no es lógico que, siendo la finalidad de la pensión alimenticia atender al conjunto de todas las necesidades que a lo largo de un año se produzcan en los hijos, se excluya de pago el único mes en que los hijos están a la guarda del otro progenitor, ya que ello supondría privar a los hijos de unas disponibilidades económicas que podrían necesitar en el futuro”.

LegálitasGracias a Legálitas y a su abogada Irene Culebras por colaborar con nosotros en la redacción y difusión de esta información que desde Hogarmania.com consideramos tan interesante.

Tags relacionados vacaciones niños