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Economía

Paseos con niños durante el estado de alarma: sanciones por incumplir las condiciones

El aislamientos social tras el decretado estado de alarma y confinamiento en nuestros hogares ha hecho que salir a pasear o hacer ejercicio hayan pasado a convertirse en actividades de las que nos hayamos olvidados durante varias semanas.

Una de las recientes medidas que han anunciado las autoridades permiten a los más pequeños poder salir a la calle siguiendo una serie de medidas.

Las niñas y niños menores de 14 años pueden salir a pasear, jugar y correr entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche. La regla de los cuatro unos consiste en: salir acompañados de un adulto con el que esté conviviendo o debidamente autorizado, hacerlo una vez al día, durante una hora y, como máximo, a un kilómetro de distancia.

Además, tendrán que evitar cualquier aglomeración, mantener una distancia de seguridad de dos metros con el resto de las personas y no acudir a espacios comunes de juego como toboganes o columpios.

Desde Legálitas nos dan la claves sobre todo lo relacionado con los paseos con niños durante el estado de alarma y las sanciones por incumplir las condiciones marcadas por las autoridades.

El objetivo de la medida no es otro que frenar los contagios y mantener estrictas medidas de seguridad establecidas por las autoridades. En cuanto al ámbito legal, ¿qué consecuencias legales puede tener infringir las restricciones a la circulación cuando se salga a pasear con niños?

Según la Ley de Seguridad Ciudadana, y concretamente el apartado "Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones”" del artículo 36.6, establece que las multas pueden rondar entre 601 y 30.000 euros.

Ejemplos de sanciones por no respetar las condiciones de los paseos con niños

  • No respetar el horario establecido para realizar la actividad: 601 euros.
  • Salir con un número de niños superior al permitido: 601 euros.
  • Acceder a parques infantiles o hacer uso de columpios: 601 euros. En este caso la autoridad podría valorar la existencia de un mayor riesgo de contagio si se hace uso de este tipo de instalaciones que si el adulto saliese a las 21.15 con un niño a la calle.
  • Aprovechar ese tiempo para reunirse con otros padres para compartir ese paseo o charlas: 1.500 euros. El motivo por el que en esta ocasión la sanción es superior se debe a que el riesgo que se corre en ella es mayor.
  • Estar a más de un kilómetro de distancia del domicilio: 601 euros. Pudiendo agravarse y aumentar la cuantía en función de la distancia.
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