Volvemos de vacaciones y nos encontramos la casa inundada, ¿qué hacemos? A continuación os lo contamos.
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Hogarmania, 17 de noviembre de 2016
Seguridad
Volvemos de vacaciones y nos encontramos la casa inundada, ¿qué hacemos? A continuación os lo contamos.
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Hogarmania, 17 de noviembre de 2016
Septiembre, 2015
Este es un problema muy frecuente en los hogares. Salimos de vacaciones y al regresar a casa nos encontramos con una humedad en el techo o alguna de las paredes o bien alguna o varias de las estancias de la vivienda inundadas.
Si cuentas con un seguro de hogar, lo primero sería dar parte a la compañía aseguradora a fin de que se desplace un perito para que él, como experto, analice el origen de los daños y cuantifique los mismos y de esta forma poder reclamar al causante de la inundación.
Si la inundación se ha debido a un despiste nuestro, como por ejemplo dejar un grifo abierto, lógicamente no habrá causante a quien reclamar y únicamente habrá que comprobar el contenido de la póliza de seguro de hogar para ver si tiene algún tipo de cobertura en cuanto a los daños en la vivienda. Lo que sí estará probablemente incluido entre las coberturas de la póliza del seguro será la responsabilidad civil por los daños que hayamos podido ocasionar a algún vecino.
Ahora bien, si la inundación en nuestro hogar es consecuencia de una avería del vecino, o bien de una bajante general del edificio, lo más probable es que nuestro seguro de la vivienda incluya la reclamación de esos daños al vecino o a la comunidad, según corresponda, por eso es muy importante que el perito acuda a nuestro domicilio cuanto antes y emita un informe que especifique cuál es el origen y quien es el causante de los daños y la cuantía de los mismos. Dicho informe servirá de base para reclamar a la compañía del causante, si tiene seguro, y en caso contrario al causante directamente.
Es muy importante que cuando vaya el perito a nuestra casa valore:
• Los daños en la vivienda en sí, por ejemplo parqué levantado, alicatado desprendido, etcétera.
• El mobiliario, electrodomésticos y enseres, por ejemplo alfombras, muebles de madera, ordenadores… Habrá que ver si son susceptibles de reparación o bien debe ser indemnizado su valor por el causante si no es posible devolverlos al estado de conservación en el que se encontraban antes de la inundación.
En ese caso podemos dirigirnos directamente al vecino o a la comunidad para que si estos tienen seguro den parte y vayan sus peritos, y si no lo tienen deberán responder directamente. La reclamación habría que iniciarla mediante un burofax con acuse de recibo y certificado de texto que idealmente esté redactado por un abogado y que servirá de reclamación previa a la vía judicial en el caso de que no surtiera el efecto deseado.
Gracias a Legálitas y a su abogada Asunción Santos por colaborar con nosotros en la redacción y difusión de esta información que desde Hogarmania.com consideramos tan interesante.