El precio abusivo de las palomitas y otros snacks nos hacen pensar en llevar comida “de fuera” cuando vamos al cine, pero ¿es esto legal?
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Hogarmania, 22 de enero de 2020
Economía
El precio abusivo de las palomitas y otros snacks nos hacen pensar en llevar comida “de fuera” cuando vamos al cine, pero ¿es esto legal?
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Hogarmania, 22 de enero de 2020
Cuando vamos al cine es común ver carteles en el establecimiento en los que se especifica que se prohíbe la entrada a la sala de comida que no se haya comprado en su propio bar, sin embargo, esta no es una medida legal.
Los cines se acogen al artículo 7 del reglamento de Admisión de personas en los establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto 10/2003, de 28 de enero (modificado por Decreto 211/2018).
En este artículo se especifica que los establecimientos de hostelería pueden solicitar a su respectivo ayuntamiento una autorización para impedir el acceso de personas que porten comida o bebida ajena al negocio.
En el caso de las salas de cine, no se reúnen las condiciones necesarias para obtener esta autorización.
En primer lugar, y como especifica el artículo 7, esta autorización debe ser expedida por un ayuntamiento, por lo que el propio establecimiento no puede decidir vetar ninguna entrada por esta causa sin el permiso legal.
En segundo lugar, los cines no pueden acogerse al artículo 7, ya que su principal actividad es la de la exhibición cinematográfica.
Por lo tanto, la prohibición solo puede ser legal si en la licencia de apertura estuviesen especificadas y diferenciadas ambas actividades (hostelería y cine), con lo que podrían solicitar la autorización al ayuntamiento. Sin embargo, esta prohibición solo sería legítima en la zona de restauración, en ningún caso en la sala de cine.
Por otro lado, si el propio cine no dispone de ningún establecimiento en el que se ofrezca servicio de bar o tienda, puede vetar el consumo de alimentos en su interior. En este caso se trataría de una sala en la que como en el teatro no se puede comer.
En resumen, si el propio cine vende snacks, palomitas, bebidas o cualquier otro tipo de alimento, es perfectamente legal llevar comida de fuera a pesar de que haya carteles que especifiquen lo contrario.