La exclusividad inmobiliaria es una cláusula que suele incluirse en el contrato de intermediación u hoja de encargo, es decir, en aquel documento que se firma cuando se contrata una agencia para vender un piso.
En la teoría, esta implica que la inmobiliaria es la única autorizada para vender la vivienda, pero ¿qué significa la exclusividad inmobiliaria en la práctica? Desde el comparador financiero e inmobiliario HelpMyCash.com lo explican.
¿Qué es la exclusividad inmobiliaria?
La cláusula de exclusividad está presente en muchos contratos de intermediación inmobiliaria y, al firmarla, el propietario se compromete a ceder la gestión de la compraventa a una única agencia. Por tanto, no podría encargarse la operación a otra inmobiliaria y, en muchos casos, tampoco se podría vender de forma particular.
Ahora bien, según explican los expertos del comparador inmobiliario, en la práctica esto representa que si el propietario decide vender la vivienda por su cuenta o a través de otra inmobiliaria mientras dura el pacto de exclusividad, estará obligado a pagar los honorarios de la primera agencia, aunque esta no haya encontrado un comprador para su piso.
Así, si un vendedor decide contratar una segunda inmobiliaria, podría verse obligado a pagar doble comisión. "Es muy importante tener en cuenta este aspecto de la exclusividad, puesto que muchos propietarios desconocen el alcance de esta cláusula y luego se encuentran con que las dos inmobiliarias reclaman sus honorarios", explican desde HelpMyCash.

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¿Puedo cancelar la exclusividad inmobiliaria?
Debes tener presente que la inmobiliaria podría reclamarte sus honorarios aunque no haya vendido tu piso.
Tras analizar distintos contratos de exclusividad, provenientes tanto de agencias online como tradicionales, los expertos del comparador financiero han identificado otras casuísticas donde un propietario se podría ver obligado a pagar la comisión inmobiliaria, aunque la agencia no haya encontrado un comprador para su piso.
Una muy habitual consiste en que el propietario decida vender su piso una vez vencida la exclusividad, pero a un comprador que encontró la vivienda a través de la agencia.
"En la mayoría de los casos, las inmobiliarias exigen el pago de los honorarios si se vende a un tercero que contactó con el vendedor a través de ellas, incluso cuando ha transcurrido un año desde el vencimiento de la exclusividad", detallan los expertos. Lo mismo puede ocurrir si quien adquiere la propiedad es una empresa y uno de sus socios contactó con el vendedor a través de la inmobiliaria.

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Por todo esto, los expertos insisten en la importancia de leer atentamente la letra pequeña de los contratos de intermediación inmobiliaria antes de firmarlos. "A veces, los vendedores van con prisa y firman estos documentos sin revisarlos, pero luego llegan las sorpresas", advierten los expertos.
Aconsejan, además, que si al leerlo existen cláusulas poco transparentes o que no se comprenden, se hagan al agente todas las preguntas pertinentes. Ningún propietario debería firmar un contrato que no comprende.