¿Las aerolíneas pueden cobrarte por el equipaje de mano? La respuesta de los abogados

pueden aerolineas cobrar equipaje de mano maleta cabina
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18 sep 2023 - 17:05 Actualizado: 19 sep 2023 - 09:26

Una de las cosas importantes a tener en cuenta cuando uno piensa en tomar un vuelo es conocer la política de peso y dimensiones del equipaje de mano de la aerolínea con la que se va a realizar el viaje.

Desde la aparición de las aerolíneas low cost, ha proliferado el cobro de suplementos a los pasajeros con tarifa estándar que viajaban con un accesorio personal y una maleta de mano en cabina.

Legálitas recuerda algunos aspectos fundamentales a la hora de viajar en avión para evitar sorpresas desagradables, y siempre teniendo en cuenta que la mayoría de las aerolíneas permiten ya llevar equipaje de mano sin coste adicional siempre que se respeten unos requisitos de peso y/o tamaño.

Lo primero antes de viajar ¿qué puedo llevar en mi equipaje de mano?

En la propia página web de Aena se puede comprobar qué objetos están permitidos en la maleta de cabina, (por ejemplo: líquidos como perfumes, cremas, aerosoles, espumas, geles, champú y pasta de dientes, siempre en envases individuales de capacidad no superior a 100 ml, y contenidos a su vez en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura/cierre y de capacidad no superior a 1 litro).

Además, figuran también cuáles están restringidos, (productos animales, lácteos, vegetales, alcohol, tabaco) y cuáles quedan prohibidos (armas, objetos cortantes, objetos contundentes, herramientas de trabajo, sustancias químicas, sustancias inflamables).

es legal cobro maleta de cabina
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¿Cuáles son las medidas del equipaje sin suplemento?

Cada compañía establece sus propias normas a la hora de volar. Por eso es importante comprobar estos requisitos en la propia web de carda aerolínea:

VUELING permite que todos sus clientes lleven en cabina de manera gratuita, 1 pieza de equipaje de mano con unas medidas máximas de 40x20x30 cm siempre que quepa debajo del asiento; y si se quiere poner en el compartimento superior deberá tener un máximo de 10 kg, y unas medidas de 55x40x20 cm, esto sólo en determinadas modalidades de tarifas.

RYANAIR permite que cada pasajero pueda llevar 1 pieza pequeña de equipaje de hasta 40 x 20 x 25 cm de manera gratuita. Puede llevar además una pieza de equipaje de cabina grande (máx 10kg; 55x 40 x 20 cm) si adquirió Prioridad & 2 Piezas de Equipaje de Mano, ya incluidos en las tarifas Regular y Flexi Plus.

EASYJET, permite que todo el mundo pueda llevar una pieza de equipaje de mano pequeña a bordo gratis respetando las medidas máximas de 45 x 36 x 20 cm y debe llevarse debajo del asiento delantero. Además, pueden llevar una pieza de equipaje de mano grande a bordo (máx. 56 x 45 x 25 cm), si contratan una tarifa especial o en los beneficios de su suscripción, o que hayan pagado para añadirla a su reserva.

GRUPO IBERIA (Iberia, Iberia Express e Iberia Regional Air Nostrum) permite a cada pasajero llevar de manera gratuita una maleta de cabina con unas medidas máximas de 56x40x25cm y con un peso determinado según tarifa, y además un accesorio personal de unas medidas máximas de 40x30x15cm.

medidas del equipaje sin suplemento
medidas del equipaje sin suplemento

Un peso excesivo en la maleta de cabina conlleva el pago de un suplemento en la aerolínea.

Cobro por equipaje de mano: ¿es legal?

Ahora bien, es cierto en ocasiones las aerolíneas pretenden cobrar al pasajero un suplemento de precio en el momento del embarque, independientemente de que en sus condiciones establezcan o no dichos requisitos de peso y/o tamaño.

La práctica de cobrar suplemento por equipaje de mano puede ser considerada abusiva al vulnerar los derechos de los consumidores y el mismo art 97 de la Ley de navegación aérea: El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos.

En este sentido y frente a las reclamaciones de los consumidores, las aerolíneas han mantenido que sus cobros estaban amparados por el Reglamento CE 1008/2008 del 24 de septiembre, que estableció la total liberalización de precios en el sector del transporte.

Como consecuencia por la aparente contradicción normativa, los consumidores se han visto obligados a interponer las oportunas acciones judiciales para buscar la interpretación de los jueces. De hecho, son múltiples las sentencias favorables a los consumidores que ha emitido tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como los jueces y tribunales de toda la geografía española.

cobro suplemento por maleta cabina aerolineas
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Varios tribunales han fallado en favor del consumidor sobre el cobro de maletas de cabina por parte de aerolíneas como Vueling o Ryaner.

Necesito efectuar una reclamación a la aerolínea, ¿qué debo hacer?

El procedimiento de reclamación sobre el cobro de una maleta de cabina consistiría en presentar una primera reclamación formal por escrito bien en el mostrador de la aerolínea del aeropuerto, en la propia página web de la compañía, o bien por correo postal domicilio social de la compañía.

Si ésta no contesta o lo hace en sentido negativo, el siguiente paso sería dirimir la controversia ante los juzgados competentes, ejercitando la correspondiente acción en el plazo máximo de dos años, si bien normalmente se puede seguir a través de un procedimiento judicial que no conlleva gastos procesales.

Expedientes sancionadores sobre el cobro de maletas de mano

Según nota de prensa del Ministerio de Consumo del 3 de agosto de 2023, se iniciaron los primeros expedientes sancionadores a varias aerolíneas low cost por el cobro de sobrecostes por el equipaje de mano transportado en cabina. A través de esta práctica de desgajar servicios tradicionalmente incluidos en el precio del billete y cobrar al pasajero un suplemento por ellos, estas compañías ofrecen en su publicidad precios muy competitivos. Esto les permite tener un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador.

Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

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