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Economía

Cómo descargar el borrador de la Declaración de la Renta por Internet


Cuando se abre el plazo para presentar la Declaración de la Renta es necesario revisar el borrador de la misma.

Si es una novedad para ti y nunca la has presentado, te facilitamos una guía práctica para que puedas obtener el borrador de la declaración de la renta de forma rápida y sencilla a través de Internet.

Hogarmania, 20 de abril de 2022

Como cada año, la Agencia Tributaria (AEAT) pone a disposición de todos los contribuyentes el borrador de la declaración de la renta, en el que podrán consultarse los datos fiscales y un resumen del borrador a través de la app de la Agencia (disponible en teléfonos Android y iOS) o desde Internet.

Se ha de tener en cuenta que la aplicación no permite modificar el borrador ni añadir datos adicionales, por lo que solo podrán confirmarlo a través de su smartphone aquellos contribuyentes que no tengan que realizar ningún cambio.

Te proporcionamos la guía definitiva para aprender a descargar el borrador de la Declaración de la Renta por Internet

Cómo descargar el borrador de la declaración de la renta por Internet

  • Puedes consultar la guía gratuita completa en el siguiente enlace.

¿Estás obligado a hacer Declaración de la Renta?

Antes de ver cómo se descarga este borrador es necesario saber si estás obligado a hacer la declaración de la misma. A continuación te decimos quiénes están obligados a presentar la declaración de impuestos:

Todos los contribuyentes personas físicas residentes en España están obligados a presentar la declaración de la renta, salvo los que se incluyan en los siguientes casos:

  • 1. Contribuyentes que en 2021 obtuvieran rentas del trabajo personal iguales o inferiores a 22.000 euros anuales. Estos ingresos deben provenir de un solo pagador.
  • 2. Cuando haya más de un pagador, los ingresos percibidos del segundo y los siguientes no superen en total los 1.500 euros.
  • 3. Las rentas del trabajo que provengan de prestaciones pasivas cuya retención haya sido establecida por la Agencia tributaria.

Situaciones especiales

El límite de las rentas de trabajo para no estar obligado a presentar la declaración de la renta está fijado en 14.000 euros anules en lugar de 22.000 euros anuales en los siguientes casos:

  • Cuando haya más de un pagador y los ingresos obtenidos del segundo o tercer pagador supere los 1.500 euros.
  • Cuando el pagador de las rentas del trabajo no esté obligado a practicar retenciones.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
  • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentos. .
  • Contribuyentes con rentas de capital mobiliario y ganancias patrimoniales que hayan estado sometidas a retención y que no superen los 1.600 euros año.

Revisa el borrador de la Declaración de la Renta

Antes de confirmar el borrador, es importante revisar a conciencia que toda la información proporcionada en el borrador es correcta e incluir aquellos datos que no aparezcan. De lo contrario, es muy posible que, una vez revisado tu borrador, Hacienda te haga una "paralela", al dudar o no constatar toda la información aportada en el mismo.

Por ejemplo, se debe revisar todas las deducciones fiscales a las que se tenga derecho (intereses de cuentas, depósitos en el extranjero, alquileres, discapacidades, etc.).

¿Cómo se puede descargar el borrador de la Renta?

Para descargar el borrador de la renta por Internet es necesario contar con uno de estos tres sistemas: certificado electrónico (digital) o DNIe, número de referencia o con Cl@ve PIN, que son los únicos métodos de identificación digital que acepta la Agencia Tributaria.

  • Para tramitar el borrador a través de la app se tendrá que acceder con el sistema Cl@ve o con el número de referencia.

1. Con el certificado digital o DNIe

El certificado electrónico, también conocido como certificado digital, o el DNI electrónico proporcionan grandes ventajas a la hora de realizar trámites por Internet. Además, cuentan con la ventaja de ser los métodos más directos para acceder al borrador de la declaración de la renta y a otros trámites en las distintas plataformas del Estado.

Proceso para obtener el borrado con certificado electrónico:

  • Se accede al portal de la renta y se hace clic sobre la opción "Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)".
  • Escoger la opción "Con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico".
  • Elegir el certificado electrónico conveniente y se mostrará en pantalla el borrador de la declaración.

2. Con el servicio de Cl@ve PIN

El servicio de Cl@ve Pin es otro método de identificación para poder acceder al borrador de la declaración de la renta por Internet . Es la combinación de una contraseña de 4 caracteres elegidos por el usuario más un pin de 3 números que se recibe por SMS o en la app del sistema de la Agencia.

Para acceder a este sistema, el contribuyente debe registrarse previamente.

Proceso para descargar el borrador con Cl@ve PIN:

  • 1. Se accede al portal de la renta y se hace clic sobre la opción "Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)".
  • 2. Escoger la opción "Con Cl@ve PIN".
  • 3. Se introduce el NIF, la clave de acceso elegida al registrarse y el pin que proporciona la Agencia Tributaria.

Se debe solicitar un número de PIN con cada acceso, ya que el número que proporciona la Agencia caduca a los 10 minutos por seguridad.

3. Con un número de referencia

Otra forma de acceder al borrador de la renta es a través de un número de referencia. Este método es la alternativa cuando no se dispone de certificado electrónico o DNIe ni de Cl@ve PIN. Se puede realizar mediante Internet o directamente desde la app de la Agencia.

Proceso para descargar el borrador con número de referencia:

  • 1. Se accede al portal de la renta y se hace clic sobre la opción "Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)".
  • 2. Escoger la opción "Con número de referencia".
  • 3. Se introduce el DNI o NIE y el número de referencia.

¿Cómo obtener el número de referencia?

Los expertos de Helpmycash.com indican, en su guía, que los contribuyentes que no tengan un certificado digital y que no estén registrados en el sistema Cl@ve pueden solicitar un número de referencia a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria llamando al 901 121 224 o al 915 357 326. Lo obtendrán al instante, pero para ello necesitarán informar del valor de la casilla 505 de la renta de 2020.

¿Qué es la casilla 505?

Según destacan los expertos de HelpMyCash, el importe de la casilla 505 hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen con respecto al año anterior.

Se puede encontrar en la declaración o el borrador que presentamos el año pasado si conservamos una copia. También aparece en el documento de ingreso o devolución. En caso de no disponer de él, se puede solicitar cita previa en una oficina de la Agencia Tributaria para obtener el valor de dicha casilla.

Los contribuyentes que no hayan presentado nunca la declaración de la renta o aquellos a los que la casilla 505 les diese un resultado igual a cero, no necesitarán introducir el valor de dicha casilla para solicitar el número de referencia. En su lugar, deberán aportar los últimos 5 dígitos del código IBAN de una cuenta corriente a su nombre.

Cómo descargar el borrador de la declaración de la renta

Alternativa a la casilla 505

Si el contribuyente no tiene certificado electrónico, no puede encontrar el valor de la casilla 505 y no puede desplazarse hasta una oficina de la AEAT, lo más adecuado es que se registre en el sistema Cl@ve PIN.

Existen tres formas de registrarse en el sistema de Cl@ave PIN:

  • 1. El alta se lleva a cabo solicitando un código de verificación que el contribuyente recibirá mediante correo postal en su domicilio. Con ese código podrá completar su registro en el sistema de Cl@ve PIN por Internet.
  • 2. Una alternativa más rápida, según indican los expertos de HelpMyCash, es registrarse en el servicio de Cl@ve PIN por videoconferencia. Para ello, se debe acceder a la web de la Agencia Tributaria, al apartado dedicado a la renta de 2022, pinchar sobre la opción Registro en Cl@ve y luego sobre Registrarse en Cl@ve. Después de aportar el DNI o NIE, se debe hacer clic sobre También puede registrarse por videollamada y seguir las instrucciones. Será necesario mostrar al operador el DNI o el NIE e indicar un número de teléfono móvil.
  • 3. También es posible registrarse en el sistema Cl@ve de forma presencial en una oficina de la AEAT o por Internet con un certificado electrónico.

Cómo descargar el borrador de la declaración de la renta de este año

Conoce las consecuencias de evadir impuestos.

El último paso tras acceder al borrador de la declaración de la renta será la comprobación de que todos los datos son correctos y de que el borrador no contiene errores. La Agencia Tributaria pone especial énfasis en que se revisen los siguientes puntos:

  • Información de inmuebles y referencias catastrales.
  • Cuotas sindicales.
  • Datos personales y familiares como el derecho a la deducción por maternidad, etc.
  • Aportación a planes de pensiones.
  • Deducción por inversión en vivienda habitual.
  • Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
  • Deducciones autonómicas.

HelpMyCash responde a dos dudas muy frecuentes

1. He percibido el Ingreso Mínimo Vital, ¿debo presentar la declaración de la renta?

Incluso aunque no se llegara al límite exento (22.000 euros anuales de un solo pagador y 14.000 euros anuales de varios pagadores), todos los contribuyentes que hayan percibido el IMV (Ingreso Mínimo Vital), así como los integrantes de la unidad familiar, están obligados a presentar la declaración de la renta.

2. He percibido prestaciones derivadas del ERTE, ¿estoy obligado a presentar la declaración de la renta?

Otra de las preguntas habituales de esta campaña tiene que ver con los ERTE (Expediente de Regulación Temporal). Esta prestación se considera como "rendimientos de trabajo" y está sujeta al pago de IRPF. Desde el comparador indican que "las personas afectadas por un ERTE tendrán que ceñirse a las reglas generales para saber si tienen que hacer la declaración de la renta", ya que el SEPE se considera como un "nuevo pagador" a efectos de la Agencia.

En este caso, el límite para no declarar se reduce a 14.000 euros si las rentas procedentes del segundo pagador (SEPE y los siguientes superan los 1.500 euros.