Cómo obtener la nacionalidad española por residencia

Pasaporte español
Pasaporte español

Descubre cómo obtener la nacionalidad española por residencia siguiendo los pasos clave. Este artículo te guiará a través de los requisitos, plazos y trámites esenciales para lograrlo de manera eficiente, con toda la información que necesitas de forma clara y detallada.

Una de las opciones que prevé el Código Civil para obtener la nacionalidad española es la residencia por un periodo de tiempo en nuestro país. Para ello, debemos cumplir con una serie de requisitos y llevar a cabo unos trámites, que vamos a explicar a continuación.

Primer requisito: acreditar un determinado tiempo de residencia

Como regla general, la residencia debe haber durado diez años.

Sin embargo, serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado. Bastan dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de sefardíes.

Por último, el plazo es de un año para:

  • a)El que haya nacido en territorio español.
  • b)El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
  • c)El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos, incluso si continuase en esta situación en el momento de la solicitud.
  • d)El que al tiempo de la solicitud llevase un año casado con español o española y no estuviera separado legalmente o de hecho.
  • e)El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
  • f)El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
El solicitante debe demostrar una buena conducta cívica para obtener la nacionalidad
El solicitante debe demostrar una buena conducta cívica para obtener la nacionalidad

Es importante tener en cuenta que la residencia por los periodos anteriores debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.

Segundo requisito: justificar una buena conducta cívica

Esta buena conducta cívica que deben justificar los mayores de edad se refiere tanto al país de origen del solicitante como a España.

En el momento de la solicitud deberá presentarse certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado y traducido y, además, en la tramitación se solicitará al Ministerio de Interior un informe en el que, con base en los datos que obran en su poder, se determine si se cumple o no este requisito. En particular, se revisa si la persona extranjera carece de antecedentes penales también en España.

En Hogarmania tienes disponible una guía sobre cómo saber si tienes antecedentes penales.

Tercer requisito: justificar suficiente grado de integración en la sociedad española

Los interesados (mayores de edad) deberán superar dos exámenes: uno primero para la obtención del diploma de español como lengua extranjera (DELE) como mínimo de nivel A2; y, en segundo lugar, la prueba que acredita el conocimiento de los valores históricos, constitucionales y socioculturales de España (CCSE).

Ambas pruebas se diseñan y gestionan por el Instituto Cervantes.

¡Importante! Están exentos de estas pruebas:

  • a)Examen DELE: no deben realizar esta prueba los nacionales de: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Y los que ya dispongan de ese diploma.
  • b)Examen CCSE: no deben hacerla quienes hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria. Asimismo, las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje pueden solicitar no realizar la prueba que, sin embargo, no es automático y deben obtener respuesta favorable antes de presentar la solicitud.
Pasaporte español
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Procedimiento a seguir para la nacionalidad española

La solicitud puede presentarse de forma telemática (necesitas un certificado digital), completando el formulario que el Ministerio de Justicia facilita en su sede electrónica.

Los documentos que han de acompañar a la solicitud de mayores de edad serán:

  • Tarjeta de Identidad de extranjero.
  • Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
  • Certificación de nacimiento del interesado.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen.
  • Diplomas del Instituto Cervantes CCSE y DELE.

Por último, y una vez concedida la nacionalidad por residencia, será necesario para dar validez a la misma:

  • 1.Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
  • 2.Declarar que se renuncia a su anterior nacionalidad (con las salvedades previstas en la ley).
  • 3.La inscripción en el Registro Civil español.

Artículo de Carmen Domingo, abogada de Legálitas. Para más información y asistencia legal, visita Legálitas.

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