Normalmente, cuando recibimos este tipo de notificaciones nos asustamos, y no siempre tiene por qué significar que el resultado sea a pagar, pero sí debemos extremar las precauciones para que no tenga un desenlace negativo para nosotros.
¿Qué es una declaración paralela de Hacienda?
Primero vamos a explicar en qué consiste una "paralela". Lo primero que debes saber es que este tipo de notificaciones consiste en modificaciones que realiza la Agencia Tributaria respecto de las autoliquidaciones que nosotros previamente hemos efectuado y presentado.
Por ejemplo, si a la hora de hacer la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, incluimos la deducción por alquiler de vivienda habitual y la AEAT considera que esa deducción es dudosa, y que o bien no cumplimos los requisitos o simplemente quiere contrastar que realmente los cumplimos, lo que hace es mandarnos una carta.
En esa notificación nos elimina la deducción para que aleguemos lo que estimemos oportuno y, de ese modo, hagamos valer nuestro derecho demostrando que sí nos corresponde dicha deducción.
¿Cómo actuar frente a una declaración paralela de Hacienda?
Por tanto, cuándo recibimos una "paralela", lo primero que tenemos que hacer es identificar es el ejercicio que nos están revisando, y si está o no prescrito, ya que los artículos 66 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establecen que prescribirá a los cuatro años, entre otros, el derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias ya liquidadas o autoliquidadas.
En segundo lugar, habrá que ver cuál es el motivo de dicha notificación si está o no fundamentado y si realmente nos hemos equivocado o es incorrecta dicha propuesta.
Por tanto, si recibimos una notificación en este sentido, lo recomendable es ponerse en manos de profesionales del derecho tributario para ver en qué basan la" paralela" y si hay o no opciones de alegar.
De tal manera que si realmente nos hemos equivocado y la Agencia Tributaria tiene razón, les recomendamos que presten conformidad con la regularización sin presentar alegaciones, ya que se ha podido producir un error a la hora de realizar la renta o cualquier otra autoliquidación.
Sin embargo, si lo que nos está indicando la Agencia Tributaria no es correcto, hay que presentar un escrito de alegaciones manifestando los argumentos por los que no estamos de acuerdo con la notificación que nos hace la Administración, para que intentemos acreditar documentalmente que nos asiste dicho derecho.

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Resoluciones cuando Hacienda te hace una paralela
Una vez presentadas las alegaciones, la Agencia Tributaria resolverá "la paralela" y se pueden dar tres escenarios posibles:
1. Emite una resolución expresa
El primero de ellos sería emitir una notificación de resolución expresa, en la que nos darán la razón y por tanto el procedimiento habrá terminado, no se ha efectuado regularización alguna y ellos no han encontrado ninguna irregularidad.
2. Emite una liquidación provisional
Y el segundo escenario, sería que ellos hubiesen encontrado alguna irregularidad, por lo que se ve obligado a emitir una liquidación provisional, lo que significaría que no han estimado nuestras alegaciones. Es decir, Hacienda entiende que no nos asiste un determinado derecho y que proceden a regularizarnos y modificarnos la renta presentada.
Esto significa que el resultado de nuestra Declaración de la Renta variará, de tal manera que quizás tengamos que devolver parte o todo lo que nos han devuelto, o bien nos saldrá una cantidad superior a pagar de la que inicialmente había resultado.
3. Emite una sanción
Además de lo anterior, resaltar que si finalmente la Agencia Tributaria tiene razón y la " paralela" emitida es correcta, puede suceder que la Administración nos sancione, lo que significa que estaríamos ante una multa económica que puede oscilar entre un 50% y un 150% de lo dejado de declarar.
Por tanto, de acuerdo con todo lo anterior, recomendamos que a la hora de realizar y presentar la renta se revise con detenimiento todo lo que en ella declaramos, puesto que puede ser objeto a posteriori de revisión por parte de Hacienda.
Si le ha quedado alguna duda al respecto de esta situación, los abogados de Legálitas, por ser lector de Hogarmania, estarán encantados de ofrecerle una consulta gratuita llamando al teléfono 91 558 97 64 o dejándonos sus datos en el siguiente enlace.