La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, establece como infracción leve "El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana" y establece una sanción que oscila entre 100 y 600 euros, por su parte a nivel estatal también tenemos la Ley 33/2011 de 4 de octubre general de salud pública que distingue entre riesgo leve, grave o muy grave. En función de ello, se califican las sanciones en:
- Leves: multas de hasta 3.005,06 euros.
- Graves: multas desde 3.005,07 a 15.025,309 euros.
- Muy graves: multas de 15.025,31 a 601.012,10 euros.
Por otra parte, las comunidades autónomas y los ayuntamientos también tienen la competencia de sancionar la práctica del botellón, así como poner multas por aparcar en sitios donde no se debe.
Regulación por comunidades autónomas
Hay varias Comunidades autónomas que tienen su propia regulación que prohíbe beber alcohol en vía pública como son Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid y La Rioja.
Madrid también cuenta con su propia normativa del 2002 en la que se establece que "No se permitirá la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo terrazas, veladores, o en días de feria o fiestas patronales o similares regulados por la correspondiente ordenanza municipal".
Andalucía cuenta con su propia normativa que faculta a los ayuntamientos para "establecer las zonas del término municipal" donde se puede consumir alcohol en la vía pública.
Galicia, desde el año pasado, debido a la pandemia, prohíbe "expresamente" el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público, por los riesgos que presenta para la salud pública.
Y en Cataluña, el consumo de alcohol en la calle no está prohibido de forma generalizada en todo el territorio, sino que depende de las ordenanzas municipales de cada localidad. Sin embargo, y debido a la situación de pandemia, la Comunidad autónoma decidió el año pasado prohibir temporalmente el consumo de alcohol en la vía pública bajo multas de entre 3.001 euros y 15.000 euros.

Tirar una mascarilla al suelo o en la naturaleza conlleva multas de hasta 300 euros, sin contar con el grave perjuicio que supone para la salud del planeta.
Procedimientos sancionadores como medida de prevención de la COVID-19
Recientemente, y dadas sus preocupantes consecuencias, algunos de los ayuntamientos y comunidades autónomas han decidido aumentar la cuantía de las sanciones por botellones y fiestas ilegales, considerándolas infracciones graves o muy graves, al favorecer las reuniones de grupos numerosos de personas, muchas de ellas sin mascarilla y algunas bebiendo de la misma botella, entre otras actitudes que pueden afectar a la salud pública por la persistencia de la pandemia por coronavirus.
Hay que tener en cuenta que la incidencia acumulada de casos de COVID-19 está subiendo en todo el país y cada semana se están incoando multitud de procedimientos sancionadores por botellones y fiestas ilegales.
País Vasco, Valencia y Baleares
Por ejemplo, País Vasco ha añadido a las prohibiciones ya existentes por la COVID-19 los "botellones", "no fiestas" y "otros eventos similares que representen aglomeración de personas".
Por su parte, la Comunidad Valenciana ha aprobado la modificación del Régimen sancionador de las medidas de prevención de la COVID-19 para añadir como infracción grave el consumo de alcohol en la vía pública, el botellón, que se multará con sanciones que van desde 601 a 30.000 euros.
En Islas Baleares, el Govern balear (Mallorca, Menorca, Formentera, Ibiza, Cabrera y otros) ha endurecido las multas por participar en botellones, que serán de un mínimo de 1.000 euros.
Ordenanzas municipales
También a nivel municipal se han endurecido las ordenanzas municipales para evitar estas actividades como en Alicante, Logroño, Punta Umbría (Huelva), Vigo, Pontevedra y otros muchos municipios, pero no solo por la pandemia si no que se ha ido generalizando desde hace años la prohibición de beber alcohol en la vía pública, así como hacer fiesta multitudinarias sin permiso que quebrantarían loas ordenanzas de convivencia y ruidos de los ayuntamientos.
Si tiene cualquier cuestión legal que quiera poner en manos de un abogado puede ampliar la información en este enlace o llamar al teléfono 91 422 80 80.