La nueva ley de protección de los animales no pretende solamente garantizar el bienestar animal, sino regular nuestro comportamiento hacia ellos como seres vivos que viven en nuestro mismo entorno de convivencia.
Para ello, se han tomado una serie de medidas que concienciarán y fomentarán aspectos tan relevantes como la adopción frente a la compra, el reconocimiento de la mascota como un miembro más de la familia o el hecho de garantizarle un alojamiento que le proteja de las condiciones meteorológicas.

Claves de la Ley de Bienestar Animal
Algunos de los aspectos más relevantes que se detallan en esta nueva Ley de Bienestar Animal se pueden encontrar en el anteproyecto de ley de protección animal y son:
- Recalcar la importancia de tener mascota como uncompromiso con su cuidado durante el transcurso del tiempo, identificación e integración al entorno.
- Un endurecimiento de las sanciones en cuanto a maltrato animal. Se podrán aplicar penas de prisión por maltrato.
- La prohibición de sacrificar mascotas por razones de edad, espacio de instalaciones o ubicación.
- La prohibición de la cría por particulares. Sólo la podrán realizar profesionales registrados y con una supervisión veterinaria. Tampoco estará permitido regalar o donar mascotas por un particular.
- Prestación de ayudas económicas, materiales y no materiales a centros de rescate y asociaciones u ONG's de protección de animales para fomentar la adopción frente a la compra. Además, se promoverán mecanismos para adoptar ejemplares abandonados y así conseguir que la mayoría de ellos estén identificados y validados sanitariamente.
- Medidas contra el comercio ilegal de animales. Se establecerá un sistema obligatorio para el registro de perros y gatos en la Unión Europea. Además, se creará un listado positivo de animales de compañía que se permiten tener, vender y comercializar priorizando criterios de seguridad para las personas, salud pública y razones medioambientales. Tampoco estará permitido regalar o donar mascotas por un particular, sino que deberá hacerlo un profesional de la cría o los centros de protección animal (con un determinado contrato de adopción). Para saber más sobre esta cuestión, te recomendamos consultar nuestro artículo sobre los animales prohibidos como mascota en España.
- La identificación de animales que no son mascotas, pero han sido criados por humanos o en cautividad.
- La prohibición de tener animales silvestres en casa, así como la cría de especies alóctonas.
- Regulación del uso de animales en actividades culturales y festivas estableciendo condiciones de uso acordes a su dignidad como seres sensibles, con el fin de evitar situaciones de humillación, maltrato o muerte animal. No obstante, los actos taurinos serán la única excepción que no se modifique. Los animales utilizados en experimentos y los de producción también quedan exentos ante esta ley.
- Creación del fondo para la protección animal para elaborar planes, instrumentos, medidas, acciones y proyectos de gestión de centros de protección animal.
- Los ayuntamientos se encargarán de la recogida de los animales abandonados y su alojamiento en un centro público o de protección animal. Por otro lado, cada comunidad autónoma deberá tener, mínimo, un centro de protección animal propio y los municipios de más de 5.000 habitantes contarán con su propio centro municipal de protección animal.
- Medidas ante las colonias felinaspara garantizar su bienestar y evitar la superpoblación descontrolada.

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Obligaciones de la Ley de Bienestar Animal
Tal y como se argumenta en el anteproyecto de ley de protección y derechos de los animales, las personas que conviven con animales tienen el derecho de disfrutar de su compañía y el deber de protegerlos. Las obligaciones que se plasman en la nueva Ley de Bienestar Animal son:
- 1.- Mantenerlos integrados en el núcleo familiar, en buen estado de limpieza e higiene.
- 2.- En caso de no poder convivir en el núcleo familiar, el animal deberá disponer de un alojamiento adecuado, acorde a sus dimensiones y que les proteja de las condiciones meteorológicas y en el que puedan desarrollar las características propias de su especie y raza
- 3.- Mantener a las mascotas en unas condiciones de vida dignas (conforme a su condición de seres sintientes).
- 4.- Vigilarles para evitar su huida. Mantenerlos localizados e identificados.
- 5.- Facilitarles los tratamientos veterinarios establecidos como obligatorios por las Administraciones Públicas. Además, la asistencia veterinaria que se le ofrezca debe quedar bien registrada en el registro de identificación.
- 6.- Educar al animal con métodos no agresivos ni violentos (para evitar el maltrato o sufrimiento que le lleven a tener ansiedad o miedo).
- 7.- No dejarlos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones meteorológicas que puedan poner su vida en peligro.
- 8.- No atarles ni dejarles deambular por espacios públicos sin la supervisión presencial por la persona responsable.
- 9.- Evitar que orinen y depositen sus excrementos en lugares de paso habitual de otras personas (fachadas, puertas o entradas de establecimientos). Habrá que retirar y limpiar rápidamente con productos biodegradables.
- 10.- Adoptar medidas para evitar molestias, peligros, amenazas o daños a personas u otros animales.
- 11.- Evitar la reproducción incontrolada. La cría sólo podrá ser llevada a cabo por criadores autorizados. Además, habrá que adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de las mascotas. Los que tengan acceso al exterior de las viviendas y puedan tener contacto con otros animales, deberán estar esterilizados.
- 12.- Cumplir y responsabilizarse del comportamiento de los perros según el reglamentario que se establece.
- 13.- Para los animales que viven en jaulas, acuarios, terrarios o similares, se cumplirá con las condiciones asignadas a cada especie reglamentariamente según sus características y especie.
- 14.- Comunicar a la autoridad le pérdida del animal, muerte o cambio de titularidad. Los animales deberán estar identificados con el DNI de las mascotas.
- 15.- Contratar un seguro de responsabilidad civil en los casos reglamentariamente regulados.
- 16.- Superar la formación en tenencia responsable reglamentada, es decir, realizar un curso para tener perro.

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Prohibiciones de la Ley de Bienestar Animal
Al igual que los dueños de mascotas y los que conviven con animales de compañía deben llevar a cabo unas obligaciones para asegurar su bienestar, también deben conocer cuáles son las prohibiciones de esta nueva ley. En la nueva Ley de Bienestar Animal estará prohibido:
- 1.- El sacrificio de un animal de compañía, excepto en los casos que se necesite eutanasia (por una enfermedad, por heridas incurables, para evitar sufrimiento o por motivos de sanidad animal o seguridad humana). En estos casos, la eutanasia deberá estar justificada bajo criterio y control veterinario. Además, también se prohíbe:
- 1.1.- El sacrifico de un animal en centros de protección animal (públicos y privados), clínicas veterinarias y núcleos zoológicas por cuestiones económicas, de sobrepoblación o carencia de plazas, entre otros.
- 1.2.- El sacrificio público de un animal en espectáculos o actividades, siempre y cuando éstas puedan ocasionar sufrimiento. Pero se exceptúa el sacrificio de animales de producción y los utilizados en experimentación y otros fines científicos.
- 2.- Abandonar un animal en espacios cerrados u abiertos.
- 3.- Maltratar o agredir físicamente a un animal, así como someterle a cualquier práctica que les provoque sufrimiento, daños físicos o psicológicos.
- 4.- Practicar cualquier tipo de mutilación o modificación corporal en un animal (excepto las de necesidad terapéutica). Así como también llevar a cabo actuaciones o prácticas de selección genética de las que se deriven problemas o alteraciones graves en la salud del animal.
- 5.- Inculcarles la agresión a otros animales o personas y utilizarlos en peleas. Así como también se prohíben las batallas de gallos y el tiro al pichón.
- 6.- Utilizar los animales en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias que les puedan causar dolor, sufrimiento o angustia.
- 7.- Someterles a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad.
- 8.- Usar pinchos, correas, collares u otros similares que ahorquen. Así como también utilizar cualquier artilugio, mecanismo o utensilio destinado a limitar o impedir su movilidad (salvo por prescripción veterinaria). También queda prohibido el uso de aparatos eléctricos que causen daños y sufrimiento.
- 9.- Llevar animales atados a vehículos a motor en marcha.
- 10.- Emplear mascotas para el consumo humano o animal. Así como utilizar animales como objeto de recompensa o premio.
- 11.- Alimentarles con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no han pasado controles sanitarios.
- 12.- Mantener permanentemente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios, vehículos y similares.
- 13.- Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante tres días consecutivos, y en el caso de los perros, no podrá superar las 24 horas consecutivas.
- 14.- La cría no autorizada de cualquier especie animal.
- 15.- La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal doméstico.
- 16.- La eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación (cuando ésta sea obligatoria), y la no comunicación a la administración competente de la retirada del cadáver de un animal identificado.
- 17.- La comercialización de mascota en tiendas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. También la comercialización, donación o entrega en adopción de animales no identificados conforme la normativa vigente.
- 18.- La utilización de animales como reclamo publicitario, excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos (siempre y cuando se obtenga una autorización administrativa previa).
Otros aspectos que tendrá en cuenta la Ley de Bienestar Animal
En cuanto al resto de los animales, la nueva ley de protección y derechos animales prohibirá:
- Las batallas de gallo
- La cría de animales exóticos
- Y la cría de visones americanos en granjas